Admisión CAL
Admisión en Cursos de Actualización Lingüística del profesorado
Del 1 al 20 de mayo
Recomendamos el uso de la SECRETARÍA VIRTUAL. Si tiene dudas, póngase en contacto con nosotros a través del teléfono 957 139649 o el correo electrónico secretaria.eoipozoblanco@gmail.com.
Secretaría virtual admisión CAL
IMPORTANTE: Si se opta por la secretaría virtual, opción SIN CERTIFICADO DIGITAL, tras rellenar el formulario debe imprimirlo y entregarlo en la Secretaría de la EOI de Pozoblanco junto con la documentación complementaria, para su validación.
Si opta por la secretaría virtual opción CON CERTIFICADO DIGITAL, su solicitud será validada telemáticamente una vez comprobados los datos. No obstante,si tiene que aportar documentación que no haya podido adjuntar a su solicitud, deberá entregarla en la Secretaría de la EOI para completar su solicitud.
Alumnado CAL admitido curso 2023-2024
Puedes hacer una consulta personalizada en el portal de Educación permanente
Admisión CAL información general
El proceso de admisión en Cursos de Actualización Lingüística para profesorado está regulado por la ORDEN DE 20 DE ABRIL DE 2012, POR LA QUE SE REGULAN LOS CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO EN LAS ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.
REQUISITOS DE ADMISIÓN
Para acceder a los Cursos de Actualización Lingüística será requisito imprescindible ser personal docente que preste servicios en centros docentes públicos de titularidad de la Junta de Andalucía o en centros docentes privados concertados.
ORDEN DE ADJUDICACIÓN DE PLAZAS
- En primer lugar, profesorado solicitante de centros docentes públicos autorizados como centros bilingües en el curso académico para el que se solicita plaza que vaya a cursar alguno de los idiomas autorizados en el centro y que esté impartiendo enseñanza bilingüe de áreas o materias no lingüísticas.
- En segundo lugar, profesorado con destino definitivo en un centro público bilingüe que se comprometa a impartir enseñanza bilingüe en su área o materia no lingüística.
- En tercer lugar, profesorado perteneciente al resto de cuerpos docentes del sistema público de educación (establecidos en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo)
- En cuarto lugar, profesorado que preste servicios en centros privados concertados.
Si una vez aplicado lo recogido, persistiera el empate, la adjudicación de plazas se resolverá por sorteo para cada uno de estos grupos según lo dispuesto en el artículo 34 del Decreto 40/2011, de 22 de febrero.
Puede rellenar los impresos muy fácilmente a través de la SECRETARÍA VIRTUAL.
DOCUMENTACIÓN
- Solicitud de admisión (presentarla por duplicado, un ejemplar para el centro y otro para el interesado). Se puede imprimir el anexo de admisión desde la propia orden. ANEXO II
- Copia del DNI.
- ANEXO V. Para acreditar la condición de profesorado de centros públicos bilingües que esté impartiendo su materia en enseñanza bilingüe. Se puede imprimir el anexo desde la propia orden.
- ANEXO VI. Para acreditar la condición de profesorado con destino definitivo en un centro docente público que se comprometa a impartir enseñanza bilingüe en su área/materia no lingüística. (copia autenticada del Anexo VI, en el que constará que el original ha sido depositado en la Secretaría del centro bilingüe donde presta servicios) Se puede imprimir el anexo desde la propia orden.
- Para acreditar la condición de personal docente en activo en un centro público o privado concertado, certificación expedida por su Centro.
- Si solicita plaza en 2º de Nivel Básico o Nivel Intermedio B1, uno de los siguientes documentos:
- Certificado académico en el que conste la superación del curso/s anterior/es en una Escuela Oficial de Idiomas.
- Documentación justificativa de haber cursado el mismo idioma como primer idioma en Bachillerato o BUP y COU, para acceso directo a 2º NB o para Nivel Intermedio B1.
(En el caso de querer acceder directamente al Nivel Intermedio se recomienda hacer el cuestionario de acceso a nivel Intermedio o realizar la prueba de Nivel, ya que la opción que se elija será VINCULANTE y no podrá después ser modificada para matricularse en un curso inferior)
Autocuestionario para acceso directo Nivel Intermedio. - Alguno de los certificados especificados en el Anexo de la ORDEN de 31 de enero de 2011 para ese idioma y nivel (esta opción es posible pero no aconsejable; es preferible realizar una prueba inicial de Clasificación P.I.C, en el caso de que haya plazas en esos cursos, para tener una idea más clara del nivel real)